“La adopción para homosexuales, ¿derecho o privilegio?”
Marco teórico
Registros y datos sobre la adopción en México.
Según conceptos jurídicos, la adopción es un acto legal por el cual una persona, pareja o familia acoge como un hijo a quien biológicamente es hijo de otros padres. Mediante este proceso se crea un vínculo entre adoptante y adoptado con sus mismos efectos legales.
Como lo señalan los datos del INEGI, actualmente hay alrededor de treinta mil niños en la espera de ser adoptados (solo en México) y en el 2022 únicamente se concretaron 72 adopciones, una cifra demasiado alarmante considerando la cantidad tan grande de niños que se encuentran en adopción. Es importante conocer la realidad de estas personas que, aunque esperan ser escogidos para formar parte de una familia, muchas veces esto no sucede y no les queda más que seguir adelante por sí solos, por lo que, una sola oportunidad de adoptarse puede ser vital para su futuro.
Es por eso que, las parejas homosexuales al ser rechazados y discriminados en estas tomas de decisiones lo ven como una oportunidad perdida no solo para ellos sino también para el menor que fuera a ser adoptado. Por esto mismo es que surge el dilema de si es política y socialmente correcto aplicar este derecho como lo hacen con parejas heterosexuales y “tradicionales”.
Antecedentes psicológicos y sociológicos sobre la homoparentalidad.
Cuando se cuestionan este tipo de situaciones surgen muchas respuestas inmediatas que buscan argumentar el porqué de estas discusiones. Concretamente la respuesta a la pregunta: ¿Cuál es la razón por la que las personas siguen estando en contra de legalizar este tipo de adopción? Y es que, para responder esto se necesitan puntos de vista objetivos en los que la opinión personal no interfiera con el ejercicio de este derecho.
Se han hecho un gran número de investigaciones que buscan una respuesta definitiva para esta problemática, un archivo que forma parte del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM dice:
Las principales críticas que se vierten sobre este tipo de adopción, desde la sociología, estriban en la discriminación a la que pueden ser objeto los adoptantes homosexuales, pero sobre todo el menor adoptado, como lo señala en su artículo el magistrado Lázaro Tenorio, en el sentido que se está ante un paradigma para evitar la discriminación, puesto que se estará ante una familia diferente a las convencionalmente aceptadas por la sociedad. (Rodrigo Navarro Reyes, Luis 2013 p.7)
De esta manera, los argumentos en contra de este legislación y ejercicio de derechos es el rompimiento del esquema de una familia “tradicional” (formada por una mamá y un papá), y la creencia de que los niños adoptados por parejas homosexuales son más propensos a ser problemáticos, tener trastornos psiquiátricos, volverse homosexuales o no tener el desarrollo adecuado en su infancia-adolescencia. La Asociación Psicológica Americana (Consultado el 18 de abril del 2023) ha desmentido todas estas creencias mediante estudios realizados por instituciones avaladas y prestigiosas. American Psychological Association, 2021 p.1) quienes no han podido encontrar diferencias en el comportamiento y desarrollo de niños adoptados que crecen con parejas tanto heterosexuales como homosexuales.
Obstáculos que se les puede presentar a las parejas homoparentales durante la tramitología y procedimientos administrativos de la adopción.
El periódico Milenio (Consultado el 18 de abril del 2023) menciona que, según los datos recopilados más actuales, (2020) en México, tan solo 5 parejas homosexuales han tenido la oportunidad exitosa de adoptar y así formar una familia. Esto significa que solo han tenido acceso al derecho de adopción en un 0.2%. Aquí es cuando uno comienza a cuestionarse ciertos aspectos sobre la aplicación de estos derechos pues, el 27 de enero de 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó de manera oficial el rubro de Derecho a la Vida de Familiares de parejas del mismo sexo lo que “en teoría” debería otorgarle el derecho a la adopción, esto claro si el gobierno de cada estado lo aprueba.
En los registros del año 2022, entre los estados del país que la aprobaron se encuentran: Ciudad de México, Coahuila, Campeche, Guanajuato, Colima, San Luís Potosí, Morelos, Chiapas, Yucatán, Baja California, Nayarit, Querétaro y Chihuahua. Lo que demuestra que aún que se considere un “derecho” es, más bien, un privilegio. Dentro de la enorme cantidad de obstáculos que esta gente tiene que enfrentar, uno de los más comunes es la discriminación y delito durante la tramitación del proceso de adopción de un menor. Durante este existen tres procedimientos básicos que deben realizarse:
Procedimiento Administrativo: Que consiste en ir a una entrevista al área de Trabajo Social de los Centros Nacionales Modelo de Atención, Investigación y Capacitación (CNMAIC), donde se administra una Ficha de Inicio de Trámite. Este es el paso en el que, según el periódico El País (Consultado el 26 de abril del 2023. El País 2019) más parejas homosexuales se ven saboteados con respecto a los trámites pues, no reciben una respuesta en el tiempo estimado que el CNMAIC suele enviarlas.
Procedimiento Judicial: Se tramita ante el Juez de lo Familiar en turno del Tribunal Superior de Justicia, a través de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Adopción.
Seguimientos Post-Adoptivos: Las autoridades están obligadas a dar seguimiento a la convivencia y proceso de adaptación del menor, a través de un informe semestral por un periodo de 3 años hasta que la persona adoptada cumpla 16 años de edad.
Requerimientos para tramitar una adopción.
En México existen ciertos requisitos que cualquier persona que desee postularse para adoptar a un menor debe cumplir, estos son:
°Ser mayor de 25 años, la pareja deberá estar conforme en considerar al adoptado como hijo propio.
°Tener medios suficientes para proveer de lo necesario para la subsistencia y educación.
°Integrar un expediente con todos los documentos requeridos.
°Tener 17 años o más que el adoptado.
°Tener buena salud.
°Si el menor que se va a adoptar es mayor de 12 años, también se requiere de su consentimiento.
Curiosamente, y aún que pareciera uno de los filtros de este proceso más sencillo y libre de corrupción, es uno más en el que la discriminación se ve reflejada pues, al hacer entrega de los expedientes sucede lo mismo que con la entrevista: la decisión de su seguimiento está en manos de gente que puede tener prejuicios en contra de estas personas, arrebatándoles así, el derecho a formar una familia.
Así, la mala aplicación de estos derechos se debe a los convencionalismos que sigue habiendo, es reconocido un derecho al que la mayoría de los estados del país dicen tener acceso y de no ser así pueden resultar graves acusaciones contra el ejercicio de la ley y la justicia del país.
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